Reglamento de Copropiedad, Claves Legales para la inversión inmobiliaria

Personas firmando un contrato haciendo referencia a los reglamentos de copropiedad

Para inversores, propietarios actuales y futuros, y profesionales del sector inmobiliario en Chile, una comprensión clara y práctica del reglamento de copropiedad y la ley de copropiedad inmobiliaria es indispensable. 

La inversión en departamentos o unidades en condominio implica no solo la propiedad individual, sino también la participación en una comunidad regida por normas específicas.

Este artículo es una guía esencial para navegar por los aspectos legales y prácticos de la copropiedad, abordando desde la obligatoriedad y contenido del reglamento de copropiedad, hasta la gestión de gastos comunes ley, el rol de la asamblea de copropietarios y la administración del condominio

El objetivo es proporcionar la información necesaria para asegurar la seguridad jurídica, optimizar la inversión y mitigar riesgos en tus operaciones de bienes raíces en comunidades.

La Ley de Copropiedad Inmobiliaria en Chile

La Ley de Copropiedad Inmobiliaria en Chile es el marco legal fundamental que regula la convivencia y administración de los edificios y condominios. 

Actualmente, esta materia se rige principalmente por la Ley N° 21.442, publicada en 2022, que vino a reemplazar y modernizar la antigua Ley N° 19.537. 

Esta nueva ley busca adaptar la normativa a las realidades actuales de las comunidades, promoviendo una gestión más eficiente, transparente y participativa.

Esta ley define conceptos clave como:

  • Unidades: Los bienes de dominio exclusivo de cada copropietario (departamentos, oficinas, estacionamientos, bodegas).
  • Bienes de Dominio Común: Aquellos que pertenecen a todos los copropietarios y son indispensables para la existencia, seguridad y conservación del condominio, o para el uso y goce de todos ellos (terrenos, cimientos, muros exteriores, escaleras, ascensores, piscinas, gimnasios, etc.).
  • Condominio: Conjunto de unidades, con bienes de dominio exclusivo y bienes de dominio común, que se rigen por la ley y su reglamento de copropiedad.

La Ley N° 21.442 establece las normas sobre la constitución de los condominios, la elaboración y modificación del reglamento de copropiedad, el funcionamiento de la asamblea de copropietarios (la máxima autoridad del condominio), las funciones del comité de administración y del administrador del condominio, la gestión de los gastos comunes ley, y los procedimientos para la resolución de conflictos. 

Su finalidad es asegurar una convivencia armónica y una correcta administración del condominio, protegiendo la inversión de cada propietario.

Obligatoriedad del Reglamento de Copropiedad

El reglamento de copropiedad es un documento fundamental para cualquier condominio en Chile, y su obligatoriedad está establecida por la ley de copropiedad inmobiliaria

De hecho, para que un edificio o conjunto de departamentos pueda ser considerado legalmente como un condominio y acogerse a los beneficios y regulaciones de la Ley N° 21.442, es indispensable que cuente con un reglamento de copropiedad inscrito en el Conservador de Bienes Raíces.

Este reglamento de copropiedad es el “estatuto” interno de la comunidad. Es elaborado por el propietario o propietarios del inmueble al momento de acogerse al régimen de copropiedad (generalmente la inmobiliaria o constructora antes de la primera venta de un departamento), o bien, puede ser acordado y aprobado por la asamblea de copropietarios una vez que el condominio ya está habitado. 

Su inscripción es un requisito legal para que las unidades puedan ser vendidas individualmente con sus derechos sobre los bienes comunes. 

Sin un reglamento de copropiedad debidamente inscrito, la comunidad carecería de las normas claras para su funcionamiento, la gestión de los gastos comunes ley, la toma de decisiones y la resolución de disputas, generando un vacío legal que afectaría la seguridad jurídica de la inversión en departamentos.


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Limitaciones del Reglamento de Copropiedad

Aunque el reglamento de copropiedad es un instrumento legal crucial para la vida en comunidad, no es un documento que pueda establecer cualquier tipo de norma. La ley de copropiedad inmobiliaria impone ciertas limitaciones al reglamento de copropiedad, lo que significa que hay materias que no puede prohibir o regular de forma arbitraria, ya que irían en contra de derechos fundamentales o de la propia ley.

El reglamento de copropiedad no puede prohibir, por ejemplo:

El derecho de cada copropietario a usar y gozar libremente de su unidad

Siempre y cuando este uso no perturbe el legítimo goce de los demás copropietarios o no contravenga la ley. No podría prohibir, por ejemplo, que un propietario arriende su departamento (salvo que existan restricciones legales específicas para ciertos usos).

El derecho a disponer de la unidad

El reglamento no puede impedir que un propietario venda, arriende, hipoteque o grave su departamento, siempre dentro del marco legal.

La realización de mejoras o modificaciones en la unidad propia

Siempre que estas no afecten la seguridad, estructura o fachada del edificio, ni los derechos de otros copropietarios.

El ejercicio de derechos fundamentales

El reglamento no puede ir en contra de derechos garantizados por la Constitución o las leyes, como el derecho a la privacidad, la libertad de expresión o la no discriminación. Por ejemplo, no podría prohibir la tenencia de mascotas de forma absoluta si la ley lo permite, o imponer restricciones irrazonables a las visitas.

Disposiciones contrarias a la ley

Cualquier cláusula del reglamento de copropiedad que contravenga las disposiciones de la Ley N° 21.442 o de otras leyes aplicables (como el Código Civil) se considerará nula. La ley siempre prevalece sobre el reglamento.

Estas limitaciones buscan asegurar que el reglamento de copropiedad sea una herramienta para la sana convivencia y administración del condominio, y no un instrumento para restringir derechos de forma abusiva o ilegal.

La Copropiedad en el Código Civil

Aunque la ley de copropiedad inmobiliaria (Ley N° 21.442) es la normativa específica que rige los condominios y departamentos en Chile, el Código Civil juega un rol supletorio y fundamental en la comprensión de la copropiedad

El Código Civil establece los principios generales de la propiedad y la comunidad, que se aplican a la copropiedad inmobiliaria en todo aquello que no esté expresamente regulado por la ley especial.

Conceptos clave

Comunidad

El Código Civil define la comunidad como la situación en que dos o más personas tienen un derecho de igual naturaleza sobre una misma cosa, sin que exista una división material de ella. 

En el caso de la copropiedad inmobiliaria, esto se aplica a los bienes de dominio común, donde todos los copropietarios tienen un derecho de cuota sobre ellos.

Derecho de Cuota

Cada comunero (copropietario) tiene un derecho sobre la totalidad de la cosa común, pero limitado por el derecho de los demás. 

En un condominio, la cuota de cada propietario sobre los bienes comunes suele estar determinada por el valor de su unidad.

Administración de la Comunidad

El Código Civil establece normas generales sobre la administración de los bienes en comunidad, que son aplicables a la administración del condominio en ausencia de disposiciones específicas en la ley especial o el reglamento de copropiedad.

Acción de Partición

El Código Civil permite a cualquier comunero solicitar la división de la cosa común (acción de partición). Sin embargo, en la copropiedad inmobiliaria, esta acción está limitada por la naturaleza indivisible de los bienes comunes, que son esenciales para la existencia del condominio.

De esta forma, el Código Civil proporciona los cimientos teóricos y los principios generales que sustentan la ley de copropiedad inmobiliaria, ofreciendo un marco de referencia para interpretar sus disposiciones y resolver situaciones no explícitamente contempladas.

Consecuencias de la Ausencia de Reglamento en un Condominio

La ley de copropiedad inmobiliaria establece la obligatoriedad del reglamento de copropiedad para todos los condominios. Por lo tanto, la ausencia de reglamento en un condominio trae consigo importantes consecuencias legales y prácticas que pueden afectar gravemente la convivencia, la administración del condominio y la seguridad de la inversión en departamentos.

Las principales consecuencias son:

Vacío Legal y Conflictos

Sin un reglamento de copropiedad inscrito, la comunidad carece de normas claras para regular aspectos esenciales como el uso de los bienes de dominio común, la gestión de los gastos comunes ley, la realización de asambleas, la elección de la administración del condominio, y la resolución de disputas. 

Esto lleva inevitablemente a conflictos constantes entre los copropietarios por la falta de reglas claras y mecanismos de resolución.

Dificultad en la Administración

La administración del condominio se vuelve extremadamente compleja y, en muchos casos, ineficaz. No hay un marco formal para cobrar los gastos comunes ley, aplicar multas, convocar a asambleas de copropietarios con validez legal, o tomar decisiones que afecten a la comunidad.

Problemas para Obtener Créditos Hipotecarios

Los bancos y mutuarias suelen exigir que la propiedad esté debidamente regularizada y que el condominio cuente con su reglamento de copropiedad inscrito para otorgar créditos hipotecarios.

 La ausencia de este documento puede dificultar o impedir la compraventa de propiedades en el condominio, afectando la liquidez de la inversión en departamentos.

Imposibilidad de Aplicar Sanciones

Sin un reglamento, no existen las bases legales para aplicar multas o sanciones a los copropietarios que incumplan las normas de convivencia o de pago de gastos comunes ley.

Inseguridad Jurídica

La falta de un reglamento genera inseguridad jurídica para los propietarios, ya que sus derechos y obligaciones sobre los bienes de dominio común y la convivencia no están claramente definidos y protegidos por un instrumento legal.

En resumen, un condominio sin reglamento de copropiedad es un condominio disfuncional y vulnerable. La ley de copropiedad inmobiliaria prevé mecanismos para que las comunidades que no lo tienen puedan elaborarlo y aprobarlo.


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Formas Comunes de Copropiedad

La copropiedad es una figura legal que se presenta de diversas maneras, más allá de los condominios de departamentos. Las formas más comunes de copropiedad en Chile incluyen:

  1. Copropiedad Inmobiliaria (Ley N° 21.442): Es la forma más estructurada y común en el contexto de inversión en departamentos y oficinas. Se refiere a edificios o conjuntos de unidades (casas o departamentos) donde existen bienes de dominio exclusivo (las unidades) y bienes de dominio común (terrenos, escaleras, ascensores, áreas verdes, piscinas). Se rige por la ley de copropiedad inmobiliaria y un reglamento de copropiedad específico.
  2. Comunidad Hereditaria: Surge cuando una persona fallece y deja bienes (incluidas propiedades) a varios herederos. Mientras no se realice la partición de la herencia, los herederos son copropietarios de los bienes en comunidad.
  3. Comunidad por Adquisición Conjunta: Se produce cuando dos o más personas adquieren una propiedad en conjunto, sin que se haya especificado la cuota de cada uno o sin que se haya dividido materialmente el inmueble. Por ejemplo, dos amigos que compran un terreno juntos.
  4. Sociedad Conyugal: En el régimen de sociedad conyugal, los bienes adquiridos durante el matrimonio por cualquiera de los cónyuges (salvo excepciones) pertenecen a ambos en copropiedad.
  5. Copropiedad por Edificación: Se da cuando dos o más personas construyen un edificio en un terreno común, y cada uno es propietario de una parte del edificio y copropietario de las partes comunes.

Cada una de estas formas de copropiedad tiene sus propias reglas de administración y disolución, siendo la copropiedad inmobiliaria la más regulada por una ley especial debido a su complejidad y la masividad de este tipo de inversión en propiedades.

La Máxima Autoridad en un Condominio

La máxima autoridad en un condominio en Chile, según la ley de copropiedad inmobiliaria (Ley N° 21.442), es la Asamblea de Copropietarios

Esta es el órgano soberano de la comunidad y sus decisiones son obligatorias para todos los copropietarios, incluyendo aquellos que no asistieron a la reunión o votaron en contra, siempre que las decisiones se hayan tomado conforme a la ley y al reglamento de copropiedad.

La asamblea de copropietarios tiene facultades exclusivas e indelegables para tomar las decisiones más importantes que afectan al condominio, tales como:

  • Aprobar o modificar el reglamento de copropiedad.
  • Elegir y remover a los miembros del Comité de Administración.
  • Designar o remover al administrador del condominio.
  • Aprobar el presupuesto anual y los gastos comunes ley.
  • Aprobar inversiones y obras extraordinarias.
  • Aprobar la enajenación o gravamen de bienes de dominio común.
  • Resolver sobre la reconstrucción o demolición del condominio.

Existen diferentes tipos de asambleas (ordinarias y extraordinarias) y quórums de votación que varían según la importancia de la materia a tratar. 

La participación activa en la asamblea de copropietarios es fundamental para cualquier propietario que desee proteger su inversión en departamentos y tener voz en la administración del condominio.

Decisiones y Liderazgo en la Copropiedad

La toma de decisiones y liderazgo en la copropiedad en Chile se estructura jerárquicamente, con la asamblea de copropietarios como el órgano supremo. Sin embargo, en el día a día, la gestión recae en otros actores.

  • Asamblea de Copropietarios: Como se mencionó, es la máxima autoridad. Sus decisiones se toman por votación y son obligatorias. Es el espacio donde se definen las políticas generales, se aprueban presupuestos y se eligen a los encargados de la administración del condominio.
  • Comité de Administración: Es el órgano ejecutivo de la asamblea. Sus miembros son copropietarios elegidos por la asamblea. Su función principal es velar por el cumplimiento de los acuerdos de la asamblea, supervisar la gestión del administrador y representarla legalmente. Tienen facultades para tomar decisiones operativas y administrativas, pero siempre dentro del marco de la ley y el reglamento de copropiedad.
  • Administrador del Condominio: Es la persona natural o jurídica designada por la asamblea (o el comité) para la gestión diaria del condominio. Es el encargado de cobrar y administrar los gastos comunes ley, ejecutar los acuerdos de la asamblea y el comité, llevar la contabilidad, realizar las mantenciones necesarias y representar al condominio en actos administrativos. El administrador es el brazo ejecutor de las decisiones de la comunidad.

En resumen, la asamblea de copropietarios manda y establece las directrices, el comité de administración supervisa y apoya, y el administrador ejecuta las decisiones para el correcto funcionamiento del condominio.

Herencia de la Copropiedad

La herencia de la copropiedad en Chile sigue las reglas generales del derecho sucesorio establecidas en el Código Civil, con algunas particularidades cuando se trata de bienes raíces sujetos al régimen de copropiedad inmobiliaria.

Cuando un copropietario de un departamento o unidad en condominio fallece, su derecho de dominio sobre la unidad y su cuota sobre los bienes de dominio común se transmiten a sus herederos. Estos herederos pasan a ser, a su vez, copropietarios del inmueble en una comunidad hereditaria mientras no se realice la partición de la herencia.

Aspectos clave:

  • Comunidad Hereditaria: Los herederos se convierten en comuneros sobre la totalidad de los bienes dejados por el causante, incluyendo la unidad en condominio. Cada heredero tiene un derecho de cuota sobre la herencia, que se determinará según lo establecido en el testamento o por la ley (sucesión intestada).
  • Partición de la Herencia: Para que cada heredero adquiera la propiedad exclusiva de una parte de la herencia (o de la unidad en condominio si es el único bien), es necesario realizar la partición. Si hay acuerdo entre los herederos, pueden hacerlo de forma privada. Si no hay acuerdo, se debe recurrir a un juez partidor.
  • Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces: Una vez realizada la partición y adjudicado el departamento a uno o varios herederos, se debe inscribir la nueva titularidad en el Conservador de Bienes Raíces para que el cambio de dominio sea oponible a terceros.

Es importante destacar que, aunque cambie la titularidad de la unidad por herencia, la unidad sigue sujeta al reglamento de copropiedad y a la ley de copropiedad inmobiliaria, y los nuevos propietarios adquieren los mismos derechos y obligaciones que el causante respecto del condominio.

Reglas de Propiedad Común

Las reglas de propiedad común en un condominio son el conjunto de normas que rigen el uso, goce, mantención y administración de los bienes de dominio común. Estas reglas son fundamentales para la convivencia armónica y para proteger el valor de la inversión en departamentos. Se encuentran principalmente en la ley de copropiedad inmobiliaria (Ley N° 21.442) y en el reglamento de copropiedad del condominio.

Algunas de las reglas más importantes incluyen:

  • Uso y Goce: Los bienes de dominio común pueden ser usados por todos los copropietarios, pero de acuerdo a su destino y sin impedir el legítimo uso de los demás. Por ejemplo, la piscina es para todos, pero con horarios y normas de uso.
  • Mantención y Reparación: La mantención y reparación de los bienes de dominio común es responsabilidad de la comunidad y se financia a través de los gastos comunes ley. El administrador del condominio es el encargado de gestionar estas labores.
  • Modificaciones: Cualquier modificación o alteración de los bienes de dominio común requiere la aprobación de la asamblea de copropietarios con los quórums que establezca la ley o el reglamento de copropiedad.
  • Restricciones: El reglamento de copropiedad puede establecer restricciones al uso de ciertos bienes de dominio común para fines específicos (ej., prohibición de fumar en ciertas áreas, horarios de uso de quincho).
  • Gastos Comunes: Todos los copropietarios están obligados a contribuir al pago de los gastos comunes ley en proporción a sus derechos sobre los bienes comunes (generalmente determinados por el avalúo o superficie de su unidad).

Estas reglas son esenciales para la administración condominio y para la protección de la inversión en propiedades dentro de una comunidad.

Contenido del Reglamento de Copropiedad

El reglamento de copropiedad es el documento maestro que rige la vida interna de un condominio. Su contenido es extenso y detallado, abarcando todos los aspectos de la convivencia y administración del condominio. La ley de copropiedad inmobiliaria (Ley N° 21.442) establece los mínimos que debe contener.

Entre los elementos esenciales que debe incluir el reglamento de copropiedad 

  1. Derechos y Obligaciones de los Copropietarios: Define qué puede y no puede hacer cada propietario en su unidad y en los bienes de dominio común, incluyendo normas de convivencia, ruidos molestos, tenencia de mascotas, y uso de estacionamientos y bodegas.
  2. Determinación de los Bienes de Dominio Común: Identifica claramente cuáles son los bienes de dominio común y cómo se usarán y mantendrán.
  3. Determinación de los Gastos Comunes: Establece cómo se calcularán y distribuirán los gastos comunes ley entre los copropietarios, incluyendo los ordinarios y extraordinarios.
  4. Funcionamiento de la Asamblea de Copropietarios: Regula la periodicidad de las asambleas (ordinarias y extraordinarias), los quórums de asistencia y votación para cada tipo de decisión, la forma de citación y la elaboración de actas.
  5. Facultades y Deberes del Comité de Administración: Define cómo se elegirá, cuántos miembros tendrá, sus atribuciones y responsabilidades en la supervisión del administrador y la ejecución de acuerdos.
  6. Funciones y Remuneración del Administrador del Condominio: Detalla las responsabilidades del administrador (cobro de gastos comunes ley, mantenciones, contabilidad), el período de su designación y su remuneración.
  7. Sanciones por Incumplimiento: Establece las multas o sanciones que se aplicarán a los copropietarios que infrinjan el reglamento de copropiedad o la ley.
  8. Procedimientos de Resolución de Conflictos: Puede incluir mecanismos internos para la mediación o resolución de disputas entre vecinos o con la administración del condominio.
  9. Modificaciones al Reglamento: Define el procedimiento y los quórums necesarios para modificar el propio reglamento.

Un reglamento de copropiedad bien redactado y completo es clave para la transparencia y la buena administración del condominio, protegiendo la inversión en propiedades.

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División de una Copropiedad

La división de una copropiedad es el proceso legal mediante el cual un bien que pertenece a varias personas en común (en copropiedad) se reparte entre ellas, de modo que cada una pasa a ser propietaria exclusiva de una parte determinada. En el contexto de la ley de copropiedad inmobiliaria, esto tiene particularidades importantes.

Copropiedad Tradicional (Código Civil)

En una copropiedad no sujeta a la Ley N° 21.442 (ej., un terreno que pertenece a varios herederos), cualquier comunero tiene el derecho a solicitar la división de la cosa común a través de la acción de partición. Esta puede ser de común acuerdo entre los comuneros o, si no hay acuerdo, mediante un juicio de partición ante un juez partidor. El objetivo es que cada comunero reciba una parte material del bien o su equivalente en dinero.

Copropiedad Inmobiliaria (Ley N° 21.442)

En el caso de los condominios de departamentos o unidades, la división de la copropiedad es mucho más limitada debido a la naturaleza indivisible de los bienes de dominio común.

La ley de copropiedad inmobiliaria establece que los bienes de dominio común son inseparables de las unidades y no pueden ser objeto de acción de partición mientras exista el condominio. Es decir, un propietario no puede exigir que se le adjudique una parte exclusiva de un pasillo o de una piscina.


La única forma de “dividir” la copropiedad en un condominio sería a través de la extinción del régimen de copropiedad, lo cual es un proceso complejo que requiere el acuerdo de la asamblea de copropietarios con quórums muy altos (generalmente la unanimidad o una mayoría calificada si la ley lo permite para ciertos casos) y la desafectación del régimen en el Conservador de Bienes Raíces.

Esto implicaría que el edificio o conjunto de casas dejaría de ser un condominio y pasaría a ser una propiedad común normal, lo cual es muy raro y difícil de lograr.

Por lo tanto, al invertir en departamentos o unidades en condominio, es fundamental entender que el derecho de propiedad sobre los bienes de dominio común es indivisible y está intrínsecamente ligado a la unidad exclusiva.

Mazo de madera de juez sobre libro y dinero, haciendo referencia al marco legal y tributario para la inversión inmobiliaria

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Conclusión

El reglamento de copropiedad y la ley de copropiedad inmobiliaria son pilares fundamentales para la inversión en departamentos y la convivencia en comunidades en Chile.

Comprender la obligatoriedad y las limitaciones del reglamento de copropiedad, el rol de la asamblea de copropietarios como máxima autoridad, la gestión de gastos comunes ley y la administración del condominio, es esencial para inversores, propietarios y profesionales.

Navegar por estas normativas de arriendos y las reglas de propiedad común asegura la seguridad jurídica, optimiza la inversión y mitiga riesgos en el dinámico mercado de bienes raíces en Chile.

Preguntas frecuentes

¿Qué dice la Ley de copropiedad en Chile?

La Ley N° 21.442 regula la convivencia y administración de edificios y condominios, definiendo unidades, bienes comunes, el reglamento de copropiedad, la asamblea de copropietarios, el comité y el administrador, y la gestión de gastos comunes.

¿Qué no puede prohibir el reglamento de copropiedad?

No puede prohibir el derecho de cada copropietario a usar y gozar libremente de su unidad (sin perturbar a otros), a disponer de ella (vender, arrendar), a realizar mejoras internas (sin afectar estructura), ni ir en contra de derechos fundamentales o la ley.

¿Qué dice el Código Civil sobre la copropiedad?

El Código Civil establece los principios generales de la comunidad y la propiedad que se aplican supletoriamente a la copropiedad inmobiliaria, regulando conceptos como la comunidad, el derecho de cuota y la administración de bienes comunes.

¿Cuáles son las 4 formas más comunes de copropiedad?

Las formas comunes incluyen: Copropiedad Inmobiliaria (Ley N° 21.442), Comunidad Hereditaria, Comunidad por Adquisición Conjunta y Sociedad Conyugal.

¿Qué dice el artículo 947 del Código Civil?

El artículo 947 del Código Civil chileno se refiere a la servidumbre de tránsito (derecho de paso), no directamente a la copropiedad inmobiliaria. La copropiedad se rige por principios generales del Código Civil y, específicamente, por la Ley N° 21.442.

¿Cómo se hereda la copropiedad?

Cuando un copropietario fallece, su derecho de dominio sobre la unidad y su cuota sobre los bienes comunes se transmiten a sus herederos, quienes forman una comunidad hereditaria hasta que se realice la partición de la herencia y se inscriba la nueva titularidad.

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