Protección Legal de tu Propiedad de Inversión en Chile

Estatuas de bustos en biblioteca de leyes haciendo referencia a la protección legal de propiedades en Chile

Para inversores, propietarios actuales y futuros, y profesionales del sector inmobiliario en Chile, la protección legal de una propiedad de inversión es un pilar fundamental. 

Adquirir un inmueble no solo implica una transacción económica, sino también la asunción de derechos y obligaciones que deben ser resguardados para asegurar la rentabilidad y la seguridad jurídica. 

Este artículo es una guía esencial para comprender el marco normativo que ampara la propiedad privada en Chile, las garantías constitucionales, los mecanismos de defensa legal inmuebles disponibles y las herramientas preventivas como los seguros inmobiliarios, así como la importancia de identificar y gestionar gravámenes propiedades y prohibiciones de enajenar

El objetivo es proporcionar una comprensión clara y práctica para mitigar riesgos y salvaguardar tu inversión en bienes raíces.

La Protección de la Propiedad Privada en Chile

La protección de la propiedad privada en Chile es un principio fundamental consagrado en la Constitución Política de la República.

Este derecho es considerado uno de los pilares del ordenamiento jurídico y económico del país, brindando seguridad a los inversores y propietarios de bienes raíces.

El Estado chileno garantiza el derecho de propiedad en todas sus especies, lo que implica que nadie puede ser privado de su propiedad, del bien sobre el que recae o de alguno de sus atributos o facultades esenciales, sino en virtud de una ley general o especial que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o interés nacional, calificada por el legislador.

Incluso en estos casos, el expropiado tiene derecho a una indemnización previa en dinero, equivalente al daño patrimonial efectivamente causado.

Esta garantía constitucional es la base de la protección legal de cualquier propiedad de inversión en el país.

El Código Civil establece las normas sobre el dominio, la posesión, la tradición, y las acciones legales para proteger la propiedad, como la acción reivindicatoria.


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El Derecho a la Propiedad y su Resguardo Constitucional

El derecho a la propiedad es uno de los derechos fundamentales más robustos en la Constitución Política de la República de Chile. 

Se encuentra principalmente en el Artículo 19 N° 24, que garantiza a todas las personas el derecho de propiedad en sus diversas especies.

La Constitución asegura que el propietario tiene la facultad de usar, gozar y disponer libremente de sus bienes, dentro de los límites de la ley. 

Esto significa que, si bien el derecho es amplio, no es absoluto y debe armonizarse con la función social de la propiedad.

El resguardo constitucional 

Implica que:

Nadie puede ser privado de su propiedad arbitrariamente

Significa que el Estado o terceros no pueden despojar a una persona de su propiedad sin un fundamento legal claro y un procedimiento establecido. 

La privación solo puede ocurrir en virtud de una ley general o especial que autorice la expropiación, la cual debe estar motivada por una causa de utilidad pública o interés nacional

Esto evita decisiones caprichosas o discriminatorias, asegurando que cualquier afectación al derecho de propiedad tenga un sustento democrático

Derecho a Indemnización

En caso de expropiación, el propietario afectado tiene siempre derecho a una indemnización previa en dinero, la cual debe ser equivalente al daño patrimonial efectivamente causado

Este principio busca asegurar que el propietario reciba una compensación justa y completa por la pérdida de su bien, incluyendo no solo el valor del inmueble, sino también otros perjuicios directos que se deriven de la expropiación. 

La indemnización debe ser “previa”, lo que significa que debe pagarse antes de que el Estado tome posesión del bien. 

Este mecanismo es una salvaguarda fundamental para la protección legal de la propiedad de inversión, mitigando el impacto económico de una eventual expropiación.

Función Social de la Propiedad

Si bien la propiedad es un derecho individual, la Constitución chilena reconoce su función social. Esto implica que la ley puede establecer limitaciones o cargas al dominio para asegurar el cumplimiento de esta función. 

Estas limitaciones deben ser generales y no arbitrarias, lo que significa que no pueden afectar la esencia del derecho de propiedad ni imponer cargas desproporcionadas. 

Ejemplos de estas limitaciones incluyen las normativas urbanísticas , las leyes ambientales o las regulaciones sobre bienes de conservación histórica. 

Estas restricciones buscan armonizar el derecho individual del propietario con las necesidades y el desarrollo sostenible de la sociedad.

Este marco robusto es esencial para la protección legal de cualquier propiedad de inversión en Chile, otorgando certeza jurídica a los propietarios.

La Propiedad Privada en la Constitución Chilena

La propiedad privada en la Constitución chilena es un pilar fundamental del ordenamiento jurídico y económico del país.

Se encuentra garantizada de forma explícita y detallada, reflejando la importancia que el constituyente le ha otorgado como base de la libertad individual y el desarrollo económico.

El texto constitucional no solo asegura el derecho de propiedad sobre bienes corporales e incorporales, sino que también establece las condiciones bajo las cuales este derecho puede ser limitado o afectado. 

Esto incluye la ya mencionada función social de la propiedad, que permite al legislador establecer limitaciones o cargas para asegurar que el ejercicio del derecho de propiedad contribuya al bien común.

Sin embargo, estas limitaciones deben ser generales y no afectar la esencia del derecho de propiedad.

La Constitución chilena también protege la herencia, asegurando que el derecho de propiedad se transmita a los herederos, y establece que la ley debe regular la adquisición, goce, administración y disposición de los bienes.

Esta sólida base constitucional es el primer nivel de protección legal para cualquier propiedad en Chile, brindando un marco de estabilidad y previsibilidad para la inversión inmobiliaria.

La Norma Fundamental sobre la Propiedad Privada

La norma fundamental sobre la propiedad privada en Chile es el Artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República.

Este artículo es el que establece y regula en detalle el derecho de propiedad, siendo la base de toda la protección legal de los inmuebles en el país:

  • El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes: Esto incluye no solo la propiedad de casas, departamentos o terrenos, sino también derechos, acciones, patentes, etc.
  • La facultad de usar, gozar y disponer de sus bienes: Estas son las tres facultades esenciales del dominio.
  • La función social de la propiedad: Permite que la ley establezca limitaciones o cargas para garantizar que la propiedad cumpla un rol en beneficio de la sociedad.
  • La garantía contra la privación arbitraria: Solo por ley y por causa de utilidad pública o interés nacional, con indemnización previa.

Es el pilar que sostiene la seguridad jurídica de la propiedad en Chile y es la referencia clave para cualquier análisis de defensa legal inmuebles.

El Artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de Chile

El Artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de Chile es el epicentro de la protección legal de la propiedad en el país.

Su importancia radica en que no solo reconoce el derecho, sino que lo blinda con garantías específicas frente a posibles arbitrariedades del Estado o de terceros.

Este artículo establece que:

  • “La Constitución asegura a todas las personas: El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales.”
  • “Sólo la ley puede establecer el modo de adquirir la propiedad, de usar, gozar y disponer de ella y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social.”
  • “La función social de la propiedad comprende cuanto exijan los intereses generales de la Nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad públicas y la conservación del patrimonio ambiental.”
  • “Nadie puede ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio, sino en virtud de ley general o especial que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o de interés nacional, calificada por el legislador.”
  • “El expropiado tendrá siempre derecho a indemnización por el daño patrimonial efectivamente causado, la que se pagará previamente en dinero al contado.”

Esta es la base para la defensa legal inmuebles y para entender el alcance de los gravámenes propiedades y prohibiciones de enajenar que puedan afectar una propiedad de inversión.


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Novedades en la Legislación de Propiedad

La legislación de propiedad en Chile está en constante evolución, y es fundamental para inversores y propietarios estar al tanto de las novedades en la legislación de propiedad para asegurar la protección legal de sus bienes raíces.

Estas actualizaciones pueden afectar desde la compraventa propiedades hasta la gestión de arriendos y la tributación.

Algunas de las novedades más relevantes en los últimos años incluyen:

Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Ley N° 21.442)

Publicada en 2022, esta ley modernizó la normativa que rige los condominios y departamentos.

Introduce cambios en la administración del condominio, la asamblea de copropietarios, la gestión de gastos comunes ley, y busca promover una convivencia más armónica y transparente.

Es crucial para cualquier propietario de un departamento o unidad en condominio.

Reformas Tributarias

Las reformas tributarias han introducido cambios significativos en los impuestos en la inversión inmobiliaria, especialmente en lo que respecta al IVA propiedades en la venta de inmuebles nuevos y la tributación de rendimientos inmobiliarios (ganancia de capital) por la venta de propiedades.

Ley de Arriendos (Ley N° 18.101 y sus modificaciones)

Aunque es una ley antigua, ha tenido modificaciones que buscan agilizar los juicios de desahucio arriendo y proteger los derechos de arrendadores y arrendatarios.

Normativas Urbanísticas

Las actualizaciones de los planes reguladores comunales pueden afectar el uso de suelo, la densidad de construcción y el valor de las propiedades.

Mantenerse informado sobre estas novedades en la legislación de propiedad es clave para una inversión inmobiliaria segura y para una adecuada defensa legal inmuebles.

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El Artículo 27 y la Propiedad Privada

Es importante aclarar que en la Constitución Política de la República de Chile, el Artículo 27 no se refiere directamente a la propiedad privada. El derecho de propiedad y su protección legal están fundamentalmente consagrados en el Artículo 19 N° 24.

El Artículo 27 de la Constitución chilena se refiere a la calificación de la urgencia de los proyectos de ley que el Presidente de la República puede solicitar al Congreso Nacional. No tiene relación con la regulación o garantía del derecho de propiedad.

Por lo tanto, cualquier análisis sobre la protección legal de la propiedad en Chile debe centrarse en el Artículo 19 N° 24 de la Constitución y en las leyes que lo desarrollan, como el Código Civil y la ley de copropiedad inmobiliaria.

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Conclusión

La protección legal de tu propiedad de inversión en Chile es un aspecto innegociable para asegurar la rentabilidad y la tranquilidad. 

El robusto marco constitucional, centrado en el Artículo 19 N° 24, garantiza el derecho de propiedad privada, estableciendo límites claros a su privación y asegurando indemnizaciones justas. 

Sin embargo, esta protección legal se complementa con una gestión proactiva que incluye la comprensión de gravámenes propiedades y prohibiciones de enajenar, la contratación de seguros inmobiliarios adecuados y la constante actualización sobre las novedades en la legislación de propiedad.

Para inversores y propietarios, la defensa legal inmuebles no es solo una reacción a un problema, sino una estrategia preventiva que, de la mano de un abogado inmobiliario especializado, asegura la solidez y el futuro de su inversión en bienes raíces en Chile.

Preguntas frecuentes

¿Qué ley protege la propiedad privada en Chile?

La principal protección de la propiedad privada en Chile se encuentra en el Artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, complementado por el Código Civil y leyes especiales como la Ley N° 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria.

¿Qué dice el artículo 21 de la Constitución chilena?

El Artículo 21 de la Constitución chilena se refiere al derecho de reunión, no a la propiedad privada. La protección de la propiedad se encuentra en el Artículo 19 N° 24.

¿Qué dice la ley sobre la propiedad privada?

La ley chilena, a través de la Constitución (Art. 19 N° 24) y el Código Civil, establece el derecho de propiedad, sus facultades (uso, goce, disposición), sus límites (función social) y las garantías frente a su privación.

¿Qué establece el Artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de Chile?

Establece el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes, las facultades de uso, goce y disposición, la función social de la propiedad, y la garantía contra la privación arbitraria, exigiendo ley y justa indemnización previa en caso de expropiación.

¿Qué dice la nueva ley de propiedad?

La Ley N° 21.442 (Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria) es una de las “nuevas leyes de propiedad” más relevantes, modernizando la regulación de condominios, asambleas, administración y gastos comunes. Las reformas tributarias también han afectado la propiedad.

¿Qué dice el artículo 27 sobre la propiedad privada?

El Artículo 27 de la Constitución Política de Chile se refiere a la calificación de la urgencia de los proyectos de ley por parte del Presidente de la República, y no guarda relación directa con la propiedad privada. El derecho de propiedad está en el Artículo 19 N° 24.

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